Objetivos y funciones
OBJETIVO GENERAL
Promover y fortalecer el desarrollo económico, social, cultural y ambiental del municipio de El Espinal, con el objetivo de mejorar las condiciones de vida de sus habitantes. Esto se logrará a través del acceso a bienes y servicios básicos en áreas clave como educación, salud, agua potable, saneamiento básico y vivienda, garantizando una distribución justa y transparente de los recursos. Además, se fomentará la participación ciudadana e integrará a diversos actores sociales, contribuyendo a un desarrollo integral y sostenible del municipio.
Objetivos Estratégicos
• Fomentar el desarrollo integral del municipio en los ámbitos económico, social, político, institucional y ambiental.
• Garantizar el desarrollo sostenible de la comunidad, aprovechando adecuadamente su potencial.
• Mejorar la calidad de vida y el acceso a oportunidades garantizando igualdad de condiciones para todos los residentes del municipio.
• Gestionar de manera responsable el consumo de recursos, promoviendo la sostenibilidad ambiental.
• Democratizar la administración pública, incentivando la participación ciudadana en todas las etapas de la gestión.
• Garantizar eficiencia, transparencia y equidad en la asignación de recursos a través de proyectos de inversión.
• Mejorar la prestación de servicios públicos en las comunidades locales.
• Impulsar el desarrollo de la infraestructura productiva, como base esencial para aumentar la inversión privada en el municipio.
• Mejorar la calidad de los servicios básicos en áreas como salud, educación y saneamiento básico.
• Ampliar la cobertura de la red de agua potable y electricidad, asegurando que todos los grupos de la población se beneficien.
• Promover el desarrollo del sector agropecuario.
• Mantener una red vial en óptimas condiciones que facilite el impulso de los diferentes sectores económicos del municipio.
FUNCIONES
Corresponde al Alcalde ejercer las atribuciones y competencias que le confiere el Artículo 315 de la Constitución Política de Colombia; el Artículo 132 del Decreto Nacional 1333 de 1986, el Artículo 91 de la Ley 136 de 1994 y demás disposiciones señaladas por la Constitución, las leyes, las ordenanzas, los acuerdos, así como las que le fueren delegadas por el Presidente de la República o Gobernador respectivo.
• Administrar los asuntos municipales y prestar los servicios públicos que la ley determine.
• Ordenar el desarrollo de su territorio y ejecutar las obras necesarias para el progreso municipal.
• Promover la participación comunitaria y el fortalecimiento social y cultural de sus habitantes.
• Planificar el desarrollo económico, social y ambiental del municipio, conforme a la ley y en coordinación con otras entidades.
• Solucionar las necesidades insatisfechas en áreas como salud, educación, saneamiento ambiental, agua potable, servicios públicos domiciliarios, vivienda, recreación y deporte, con especial énfasis en la niñez, la mujer, la tercera edad y las personas con discapacidad, tanto directamente como en concurrencia y coordinación con las demás entidades territoriales y la Nación, según lo establezca la ley.
• Velar por el adecuado manejo de los recursos naturales y del medio ambiente, conforme a la ley.
• Promover el mejoramiento económico y social de los habitantes del municipio.
• Actuar en subsidiariedad de otras entidades territoriales, hasta que estas provean lo necesario.
• Cumplir con las demás funciones que determine la Constitución y la ley.
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