Vacunación contra la fiebre amarilla será obligatoria en El Espinal: exigirán carné para ingresar a sitios públicos

Alcaldía de El Espinal declara obligatoria la vacunación contra la fiebre amarilla y exigirá carné para ingresar a establecimientos públicos.
Mediante el Decreto 068, se refuerzan medidas de prevención aunque no se han registrado casos en el municipio. La norma aplica para residentes, migrantes y visitantes.
Ante la amenaza regional por la propagación de la fiebre amarilla, la Alcaldía de El Espinal expidió el decreto 068 de 2025, con el que adopta estrictas medidas de prevención sanitaria, incluyendo la vacunación obligatoria para todos los habitantes desde los nueve meses de edad en adelante, sin importar su estatus migratorio. La norma también contempla requisitos especiales para mayores de 60 años, quienes deberán contar con valoración médica previa a la aplicación del biológico.
A pesar de que en El Espinal no se han reportado casos de fiebre amarilla, la administración municipal optó por medidas drásticas para evitar brotes como los que se han presentado en otras zonas del Tolima, donde ya se contabilizan decenas de contagios y una alta tasa de mortalidad.
A partir de la fecha, el carné de vacunación será requisito obligatorio para ingresar a una larga lista de lugares públicos y privados, entre ellos:
-Centros comerciales, restaurantes, bares y discotecas
-Edificios públicos, judiciales y educativos
-Escenarios deportivos, gimnasios, hoteles y moteles
-Iglesias, cementerios, terminal de transporte y estaciones de policía
-La Escuela de Policía Gabriel Gonzales y centros de reclusión.
-Centros comerciales, restaurantes, bares y discotecas
-Edificios públicos, judiciales y educativos
-Escenarios deportivos, gimnasios, hoteles y moteles
-Iglesias, cementerios, terminal de transporte y estaciones de policía
-La Escuela de Policía Gabriel Gonzales y centros de reclusión.
Todos estos establecimientos deberán exigir el carné a funcionarios, visitantes y usuarios, además de instalar en sus accesos un aviso visible que informe sobre la obligatoriedad del requisito, según las directrices del Ministerio de Salud y del Código Nacional de Policía.
De igual forma, los establecimientos deberán contar con un Plan de Saneamiento Básico actualizado, incluyendo el control de plagas realizado al menos cuatro veces al año por empresas autorizadas por la Secretaría de Salud del Tolima.
De igual forma, los establecimientos deberán contar con un Plan de Saneamiento Básico actualizado, incluyendo el control de plagas realizado al menos cuatro veces al año por empresas autorizadas por la Secretaría de Salud del Tolima.
Juan Carlos Leal, director administrativo de salud de El Espinal, recalcó que estas medidas buscan cerrar el paso al virus, haciendo un llamado a la ciudadanía a eliminar criaderos de zancudos en viviendas y lotes baldíos, utilizar ropa protectora, repelente, toldillos y mantener limpios techos y patios.
Finalmente, se invita a los ciudadanos a reportar lotes en abandono o con acumulación de residuos y agua estancada, comunicándose al número 3188245507.
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Fecha de publicación 25/04/2025
Última modificación 25/04/2025